domingo, 21 de junio de 2009

Ley Fundamental de Exclusión


El derecho ampara a todos los hombres sin distinción alguna, por lo cual todos estamos protegidos por él, sin embargo existen sectores dentro de la sociedad que requieren de derechos especiales, específicos a su cultura, a su realidad, ésto no esta contemplado dentro de la constitución nacional y nuestra idea tampoco es analizarla de lleno sino más bien visualizar porque existe hoy en día una serie de limitaciones sobre la realidad de nuestros pueblos originarios en especial del pueblo Mapuche. Siempre recordando que estas etnias tienen los mismos derechos humanos que todos nosotros por el sólo hecho de ser hombres, lo que deseamos perseguir es el porqué no tienen un derecho propio amparado positivamente dentro de su cultura y que los defienda ante abusos de una sociedad preferentemente prejuiciosa cada vez mas abierta a lo extranjero, olvidando sus raíces, su historia y parte de su vida.

No se negará que existen acuerdos internacionales que protegen a estas minorías, pero siempre teniendo en cuenta que un estado tiene la decisión final de aplicarlo o no. Los derechos generados por los tratados entre estados carecen de una fuerza que obligue a cumplirlos, ya que carecen de un respaldo coercivo. Por tanto, y aunque exista la clara necesidad de amparar a pueblos originarios, nadie obliga a los países a hacerlo, tampoco a cumplirlo.

Dentro de los requerimientos del pueblo mapuche está el reconocimiento constitucional del carácter multicultural de la nación chilena, donde se plantea el respeto y reconocimiento de nuestro origen, de nuestras culturas, ya que ésto es lo único que nos proporciona un enriquecimiento como país. Otro punto a tratar es el reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, identificando como pueblos a los que forman parte del estado de Chile y habitan el territorio nacional. La tercera propuesta es el reconocimiento de derechos, según este punto por parte del estado se conservará, reconocerá y desarrollará con relación a la identidad, idiomas, institución y tradiciones. Por ultimo el cuarto postulado hace alusión a la protección de las tierras indígenas y el acceso a recursos exigiendo así la protección legal impidiendo actos tales como enajenar, embargar o gravar las tierras.


AFIKEWAN

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